Revista de Mediación

ADR, análisis y resolución de conflictos

Espacio Abierto. En los límites de la mediación


Publicado en Número 7. Primer semestre 2011

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Resumen:

Ya hace muchos años, 1995, en un artículo publicado en el número 98 de la revista «Documentación Social. Revista de estudios sociales y de sociología aplicada», anticipé la posibilidad de que la mediación, al partir de una filosofía que resultaba tan atrayente para todo el mundo, podía dar lugar a una visión excesivamente optimista de la misma, llegando incluso a hacer pensar a algunos que era la alternativa única para la gestión de todo tipo de conflictos familiares. Parece que después de tanto tiempo es ahora más necesario que nunca seguir defendiendo dichos argumentos.

Todos sabemos que existen cosas en la vida que por su propia naturaleza no pueden darse al mismo tiempo, cosas que son incompatibles en sí mismas. Esto es lo que sucede cuando hablamos de mediación y violencia, se trata de términos totalmente antagónicos. La mediación se basa en la gestión pacifica de los conflictos, la violencia en criterios de dominio y sumisión.

Las relaciones de pareja se estructuran a lo largo del tiempo y cuando incluyen la violencia como dinámica de sometimiento de uno de sus miembros, se están poniendo los cimientos de un desequilibrio de poder que no es posible manejar en el contexto de una mediación. En estas circunstancias la tarea del mediador de re-equilibrar el poder en la relación se torna inasumible ya que en ella arriesga su imparcialidad. Y yo me pregunto ¿es material, moral o éticamente posible para una persona mantenerse imparcial frente a este tipo situaciones?

Quien conozca la materia de la que hablamos sabe que la intención del que utiliza la violencia como mecánica habitual de interacción es la de anular la voluntad del otro y en mediación es totalmente imprescindible que existan dos voluntades capaces de expresarse libremente con las que poder mediar en un proceso de negociación. El impedimento para la mediación no reside en el tipo de violencia ni en su graduación (leve o grave) que algunos admiten como válida, sino en los efectos psicológicos que provocan en quien la padece, que le incapacitan para establecer una negociación en igualdad de condiciones con su agresor.

Es fácil para el mediador, pero no es mediación, la imposición coercitiva en la negociación de la voluntad de una de las partes por la incomparecencia o imposibilidad de expresión de la voluntad de la otra. En muchas ocasiones aquellos que hablan de mediación en situaciones de violencia están hablando, siendo quizás poco conscientes de ello, de procesos en los que el mediador establece una alianza soterrada con el poderoso en busca de lo que se denomina «acuerdo».

Es indudable que la voluntad de aquel que durante años ha estado sometido a dinámicas de relación basadas en la violencia, está quebrada, rota. Y que la expresión de dicha voluntad se encuentra fuertemente condicionada por el temor al otro. Es este condicionamiento el que hace que sean fáciles las concesiones por parte del que tiene miedo a las consecuencias de la expresión de su verdadera voluntad. En estas condiciones, no es complicado para el mediador llegar a un acuerdo que represente la voluntad de una de las partes, pero esto no es mediación, aunque algunos, sobre todo aquellos que idealizan el modelo tradicional lineal de Harvard, lo confundan. Nunca el objetivo para un mediador puede ser el acuerdo sin tener en cuenta la forma en que se consigue.

Los acuerdos alcanzados en mediación deben ser producto de la reflexión, del debate de ideas, de la cooperación en la búsqueda de soluciones conjuntas a los problemas; solo así, elaborados bajo esas premisas, tienen alguna posibilidad de perdurar, ya que solo en base a ese proceso puede posibilitarse una modificación en el individuo con respecto a la forma de ver al otro y la relación que le vincula.

Las experiencias que conozco de mediación en situaciones de violencia, la mayoría de ellas realizadas en Estados Unidos, han sido a la larga un fracaso, porque han sido incapaces de romper la dinámica de relación pre-establecida entre la pareja. Y la consecuencia, ha sido el incumplimiento de los supuestos «acuerdos» alcanzados. La utilización de sesiones en forma de «caucus» para imposibilitar el contacto entre víctima y agresor y así evitar una posible agresión, llevan a que el mediador realice tareas infructuosas de intermediario más que de mediador y propician que se lleguen a alcanzar lo que algunos denominan «acuerdos», que son producto de la imposibilidad de la comunicación directa entre las partes. Y eso, técnicamente, no se puede denominar mediación ya que no es más que una negociación indirecta por representante interpuesto.